Se incorpora la obligatoriedad de consignar, para la emisión tanto del Recibo por Honorarios electrónico como de la factura electrónica si la forma de pago es al contado o al crédito.
De elegir, como forma de pago al crédito deberá también consignar el monto pendiente de pago y las fechas de vencimiento del pago único o de las cuotas y los montos correspondientes a cada cuota.
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